Inhabilitan por año y medio a una enfermera que curioseó en el historial médico de otra

m. Rodríguez OURENSE / LA VOZ

OURENSE

La acusada (I. F. R.), durante el juicio por un presunto delito de descubrimiento de secretos en la Audiencia Provincial de Ourense.
La acusada (I. F. R.), durante el juicio por un presunto delito de descubrimiento de secretos en la Audiencia Provincial de Ourense. MIGUEL VILLAR

La Audiencia Provincial le impone ocho meses de cárcel, atenuando la pena solicitada porque confesó y reparó el daño

24 may 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

La sección segunda de la Audiencia Provincial ha condenado a ocho meses de prisión a una enfermera del hospital de Ourense por acceder a la historia clínica de una compañera sin su consentimiento. La sala inhabilita a la sanitaria durante un año y medio y le impone el pago de una multa de 1.500 euros; deberá resarcir con seis mil euros a la víctima por el daño moral causado. El tribunal considera probado el delito de descubrimiento de secretos. Así, relatan en la sentencia que la acusada accedió en 2019 en dos ocasiones a la historia clínica de su compañera, la cual contenía documentos que revelaban «aspectos íntimos acerca de su salud».

La resolución sostiene que las pruebas testimonial, documental y declarativa de la investigada ponen de manifiesto que cometió la conducta imputada. Ella misma confesó los hechos ante el tribunal durante el juicio, celebrado el pasado lunes en la Audiencia de Ourense. Dijo que había entrado en los datos médicos de su compañera «por curiosidad». En cuanto a la prueba documental, recuerdan los accesos a la historia clínica quedaron registrados en el sistema informático. Además, hacen referencia a que la encausada se aprovechó de su condición de funcionaria para acceder a esos datos de carácter personal, «de forma no consentida y no autorizada, ya que, de otro modo, no podría llegar a ellos».

La enfermera consultó el 13 de junio del 2019 y el 21 de diciembre de ese mismo año hasta siete documentos de la perjudicada, también sanitaria en el hospital ourensano, entre ellos un informe médico, uno de radiología y dos de alta. Eran documentos que revelaban «aspectos íntimos» de la salud de la denunciante, que lo descubrió en enero del 2023. El tribunal entiende que cometió el delito por el mero acceso a ficheros de salud, que son información sensible, sin consentimiento de la afectada y por haber llegado a ellos abusando de su condición de funcionaria —pues aunque es trabajadora temporal se la asimila como tal a efectos jurídicos y penales— ya que ulitzó su código y claves de usuaria.

Los jueces estiman que solo se la puede condenar, en todo caso, porque descubrió unos datos especialmente sensibles que lesionan el derecho a la intimidad de la afectada, pero rechaza imponer una pena agravada como solicitaban las acusaciones. «No media demostración de presencia de perjuicios añadidos o adicionales», recoge la sentencia, más allá del propio acceso indebido. La perjudicada siguió trabajando y no presentó informes de afectación psicológica. Se probó que sufrió un episodio de ansiedad un día que ambas coincidieron en el servicio, algo no imputable a la acusada.

El tribunal tuvo en cuenta circunstancias atenuantes, como que la denunciada confesó cuando se abrió un expediente administrativo y que consignó una cantidad antes del inicio del juicio como reparación del daño.




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